México, 11 de marzo de 2021 (NACIÓN 14).- A tan solo un día de que entrara en vigor la nueva Ley de la Industria Eléctrica (LIE) un juez de distrito ordenó la suspensión temporal de los efectos de la nueva norma, tras otorgar un amparo a la empresa fotovoltaica, Parque Solar Orejana.
De acuerdo con Milenio, Juan Pablo Gómez Fierro, juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con jurisdicción en toda la República fue quien emitió la suspensión provisional de la nueva ley eléctrica.
El juez segundo de distrito determinó que la suspensión debe beneficiar a todas las empresas participantes en el mercado eléctrico mayorista, no solo a la demandante Parque Solar Orejana.
“De otorgar una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para la quejosa, este Juzgado de Distrito estaría otorgándole una ventaja competitiva frente a los demás participantes de la industria eléctrica”, precisó.
Por lo tanto, el juez Juan Pablo consideró que la medida cautelar aplica para el resto de las empresas que participan en la industria eléctrica nacional.
“Por tanto, a fin de preservar dichos principios, se hace hincapié en que los efectos de esta medida cautelar comprenden no solamente a la quejosa, sino a todos los participantes del mercado eléctrico mayorista y demás particulares que desarrollan alguna actividad regulada en el sector eléctrico o que están en trámites para ingresar a dicho sector, así como a los sujetos que se ubican en el régimen transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica que estaba vigente hasta antes de la emisión del Decreto cuestionado”, puntualizó.
El juez determinó que las modificaciones que se realizan a la Ley de la Industria Eléctrica podrían llegar a dañar la competencia y la libre concurrencia en el sector eléctrico, en detrimento a los usuarios finales del suministro básico de energía eléctrica.
Cabe mencionar que apenas este 10 de marzo se publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto con la nueva disposición legal.
El principal cambio a la Ley, creada a partir de la reforma energética de 2013, es el orden de despacho de centrales eléctricas para privilegiar la entrada a generación de plantas de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
La citada ley considera en en primer lugar, la energía producida por las hidráulicas de la CFE; en segundo lugar, la energía generada por otras plantas de la CFE; en tercer lugar, la energía eólica y solar de particulares y, por último, los ciclos combinados de las empresas privadas.
El próximo 18 de marzo, el juzgado determinará si otorga la suspensión definitiva a la compañía quejosa, mientras tanto, el gobierno Federal deberá presentar alegatos en contra de la suspensión el próximo 27 de abril día que se fijó la siguiente audiencia.
La iniciativa para modificar la Ley de la Industria Eléctrica fue enviada en calidad de preferente por el Ejecutivo al Congreso el pasado 1 de febrero. La Ley fue aprobada por la mayoría en la Cámara de Diputados el 23 de febrero y por el Pleno del Senado el 2 de marzo.