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Home Nación Capital

Condenan defensores de periodistas sentencia a Sergio Aguayo

by Redacción
23 de octubre de 2019
in Nación Capital
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Urge adecuar leyes de protección al derecho al honor y reputación, opina ONU-DH sobre sentencia a Sergio Aguayo
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Ciudad de México, 23 de octubre (NACIÓN 14).- Diversas organizaciones de defensa de los periodistas condenaron este miércoles la sentencia emitida por la Sexta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México el 10 de octubre de 2019 en la que se condena al periodista investigador y académico Sergio Aguayo Quezada.

De acuerdo con las organizaciones Propuesta Cívica, Reporteros sin Fronteras y el Comité para la Protección de Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés) la sentencia fue aprobada por unanimidad de votos de los magistrados Delia Rosey Puebla, Miguel Ángel Mesa Carrillo y Francisco José Huber Olea Contró, quienes decidieron echar atrás la sentencia de primera instancia y dictar una nueva.

La sentencia emitida en la que condenan al periodista investigador y académico Sergio Aguayo Quezada es por considerar que su columna de opinión de fecha 20 de enero de 2016, lesionó el patrimonio moral del exgobernador Humberto Moreira Valdés, ya que a juicio de los magistrados existió un abuso de la libertad de expresión, condenando al investigador al pago de diez millones de pesos por concepto de “daño punitivo”.

Según refieren las organizaciones, los jueces son los guardianes del Estado de Derecho y están obligados a emitir resoluciones que sean acordes al marco normativo nacional e internacional, esto con el fin de garantizar y proteger derechos fundamentales, como lo es la libertad de expresión y el derecho a la información.

Sin embargo, “los magistrados arriba mencionados tomaron el camino inverso: fundaron y motivaron su fallo en interpretaciones y argumentaciones erróneas y violatorias de los estándares que se han desarrollado en la materia, tergiversando los criterios establecidos por el Poder Judicial de la Federación y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos”.

Asimismo, destacaron que los juzgadores hacen una valoración inadecuada del contenido de la columna referida al no analizar el contenido de la nota en su conjunto, sino solo valoran algunas expresiones específicas que en su consideración caen en al abuso a la libertad de expresión, sin tomar en cuenta que la información es de interés público y que la crítica recayó en una persona con proyección pública.

En segundo término, aseveran las organizaciones de periodistas, los magistrados aplican los dos regímenes normativos que existen para regular la responsabilidad civil, es decir, tanto el Código Civil para el Distrito Federal (artículo 1916), como la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección de la Vida Privada, el Honor y la Propia Imagen, desatendiendo criterio de “Selección de la norma de derecho fundamental aplicable”, desarrollado por la Primera Sala de la SCJN.

Dicha norma establece que tratándose de responsabilidad civil por daño moral, como consecuencia de un supuesto abuso de la libertad de expresión e información, el marco normativo aplicable es la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección de la Vida Privada el Honor y la Propia Imagen, violentando también con ello el artículo 1 constitucional y el principio Pro persona.

Ante ello, las organizaciones consideraron necesario establecer que el Código Civil para el Distrito Federal, no establece un tope pecuniario para la indemnización, incluso permite la condena por “daños punitivos”.

“Derivada de esta aplicación simultanea de marcos normativos, los magistrados violentamente condenan al pago de 10 millones de pesos por concepto de “daños punitivos”.

Al respecto la teoría de daños punitivos es empleada para imponer un “castigo ejemplar o vengativo” al supuesto infractor de la ley, a efecto de que no exista repetición de la conducta, esto se traduce en una sentencia violatoria de la libertad de expresión, que genera efectos inhibidores e intimidantes, autocensura y trasgrede los principios democráticos”, advirtieron.

Si bien resulta preocupante que cada vez se haga un mayor uso indebido de la figura de daño moral por funcionarios públicos y personas con proyección pública, resulta severamente alarmante que los jueces estén emitiendo este tipo de sentencias condenatorias generando precedentes que agreden directamente la libertad de expresión en México, aseguraron.

Las organizaciones Propuesta Cívica, Reporteros sin Fronteras y el Comité para la Protección de Periodistas hicieron un llamado al Poder Judicial para realizar capacitaciones a impartidores de justicia en materia de Libertad de Expresión y Derecho a la Información.

Asimismo, se hizo “un llamado al Consejo de la Judicatura para que revise el actuar de jueces y magistrados que emitan sentencias violatorias a los derechos fundamentales que sobrepasan la independencia judicial.

De igual manera, se inicie un proceso de investigación en contra de los magistrados integrantes de la Sexta Sala Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México por posibles actos de corrupción en el fallo.

Y finalmente, al Poder Legislativo regule adecuadamente la figura de daño moral y el procedimiento que rige a tal figura, pues el uso inadecuado de este mecanismo legal se está convirtiendo en un mazo intimidatorio.

Redacción
Tags: censuracolumna periodísticadaño moralderecho a la informaciónlibertad de expresiónmagistrados de la sexta sala civilmulta de diez millonesPGJCDMXsentenciasergio aguayo
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