México, 14 de octubre de 2020 (NACIÓN 14).- Por mayoría de 4 votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó confirmar la negativa del INE de otorgar el registro como Partido Político Nacional a la organización Libertad y Responsabilidad Democrática A.C (México Libre).
En sesión pública, bajo el formato de videoconferencia los magistrados y magistradas votaron por el proyecto de sentencia que presentó el magistrado José Luis Vargas Valdez, donde se proponía negar el registro como partido político nacional a la organización México Libre encabezada por el expresidente Felipe Calderón y su esposa Margarita Zavala.
Cabe recordar que el pasado 4 de septiembre el INE negó el registro a México Libre por tener más del 5 por ciento permitido para aportaciones de personas no identificadas.
En esa ocasión, el Consejo General del INE negó, con 7 votos a favor y 4 votos en contra, el registro de la organización Libertad y Responsabilidad Democrática A.C (México Libre) como Partido Político Nacional en virtud de que se comprobó que un 8.2 por ciento de sus ingresos no tienen claro su origen.
La decisión del INE fue impugnada por el expresidente de México y su esposa ante la máxima autoridad jurisdiccional especializada en materia electoral.
Para esta sesión, el presidente de Morena, Alfonso Ramírez Cuéllar solicitó un impedimento para que el magistrado Rodríguez Mondragón no resolviera las impugnaciones que presentó México Libre, por supuestos vínculos de amistad con actores clave de la organización.
El líder morenista destacó que el magistrado fue coordinador de asesores del panista Roberto Gil Zuarth cuando éste se desempeñaba como secretario particular del entonces presidente Felipe Calderón.
Asimismo, el tribunal dio lectura a la carta que Felipe Calderón envió dirigida a los magistrados en la que descarta que Reyes Rodríguez Mondragón tenga algún tipo de vínculo o relación con él y con su esposa.
Luego de discutir el escrito, el Tribunal rechazó por mayoría de cinco votos la solicitud bajo el argumento de que los inconformes no tienen un interés directo en el resultado del proceso y decretó un receso de cinco minutos para que Rodríguez Mondragón se reincorporara a la sesión.
Una vez reanudada la sesión, el magistrado José Luis Vargas Valdez recordó que de la revisión de la documentación, se concluye que la organización no demostró el origen de 50 aportaciones que ascienden a un millón 61 mil pesos.
Detalló que tanto en los meses de agosto, septiembre, octubre de 2019 y febrero de 2020 se detectaron aportaciones en efectivo no identificadas y a pesar de que la Unidad Técnica de Fiscalización del INE pidió a la organización de ciudadanos que presentara documentación como soporte de dichas aportaciones, en respuesta México Libre presentó escritos que no determinaban una fuente clara de origen.
El magistrado también destacó que México Libre recibió donaciones a través de la aplicación de Clip, por lo cual se puede rastrear el origen de los recursos; sin embargo, no se cuenta hasta el momento con la identidad de los aportantes como lo exige la normativa electoral.
Finalmente, el magistrado Vargas Valdez dijo que el INE no estaba obligado a ejercer facultades de investigación para comprobar si se trataba de un financiamiento lícito o ilícito, por el contrario, dijo, son las organizaciones de ciudadanos que pretenden constituirse como Partido Político las que deben acreditar que cumplen con todas las reglas para lograr su registro.
En su oportunidad Reyes Rodríguez dijo que la organización presentó como comprobante lo que tenía a su alcance, los últimos cuatro dígitos de las tarjetas de créditos utilizadas en las aportaciones a través de Clip y enfatizó que el INE debió requerir los números completos de las tarjetas a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para verificar la identidad de los aportantes.
La magistrada Janine M. Otálora Malassis se pronunció a favor de revocar el proyecto a efecto de que el Instituto Nacional Electoral despliegue sus facultades de investigación a efecto de determinar el origen y destino de los recursos y revisar nuevamente si procede el registro de México Libre como Partido Político.
Por su parte, el Magistrado presidente Felipe Alfredo Fuentes Barrera recalcó que el reglamento de Fiscalización establece que las aportaciones superiores a 90 UMAS deben hacerse invariablemente por cheque o transferencia electrónica.
“En ese sentido es evidente que quien tiene la obligación de cumplir demostrando que fue con cheque o transferencia es la organización ciudadana”, aseveró el magistrado quien se pronunció a favor del proyecto de negar el registro a México Libre.
La magistrada Mónica Soto Fregoso se manifestó a favor del proyecto al defender que el INE “actuó de manera debida al negar el registro pues la organización actora desatendió los requisitos legales y reglamentarios para su solicitud como Partido Político Nacional”.
Así con cuatro votos a favor y tres en contra el proyecto fue aprobado.
- Magistrado presidente Felipe Alfredo Fuentes Barrera vota a favor
- Indalfer Infante Gonzales vota en contra
- Felipe De La Mata Pizaña vota a favor
- Janine M. Otálora Malassis vota en contra
- Reyes Rodríguez Mondragón vota en contra
- Mónica Aralí Soto Fregoso vota a favor
- José Luis Vargas Valdez vota a favor