La SCJN desechó el recurso promovido por el SHCP contra el amparo otorgado a Pegaso PCS S.A. de C.V., con lo que quedó firme la resolución que libera a la empresa del pago de 4 mil 442 millones 423 mil 90 pesos de ISR correspondientes al ejercicio fiscal 2015.
Con la decisión mayoritaria del Pleno, Hacienda quedó sin posibilidad de revertir el fallo. En los hechos, el monto ya no ingresará a las finanzas públicas y además se reconocen a la compañía deducciones fiscales de alto valor económico.
El punto de quiebre fue la legitimación: la mayoría consideró que Hacienda no podía interponer el recurso de revisión en este caso. Sin embargo, hubo voto en contra bajo el argumento de que la dependencia sí tiene facultades para defender los intereses fiscales del Estado y que el asunto involucra un tema constitucional, dado que el deber de pagar impuestos está establecido en el artículo 31 de la Constitución.
También se planteó que el artículo 28 prohíbe la condonación de impuestos y que el amparo podría implicar una afectación a ese principio, especialmente porque la deducción reconocida deriva de la explotación de una red pública de telecomunicaciones, actividad regulada por la propia Constitución.
La resolución vuelve a colocar bajo la lupa el alcance del amparo en materia fiscal y el equilibrio entre beneficios empresariales y el interés público en la recaudación tributaria.
En la misma sesión, la Corte validó el registro digital obligatorio de contratos de arrendamiento en la Ciudad de México —pieza clave para vigilar el tope al aumento de rentas— y confirmó la condena a un comisariado ejidal para pagar 40 millones de pesos a una abogada por la conducción de un juicio civil, decisiones que también generaron posturas divididas dentro del Pleno.




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