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Dueños de establecimientos con plantilla de 100 personas deberán practicar pruebas COVID-19 a sus trabajadores

Redacción Por Redacción
30 de julio de 2020
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Ciudad de México, 30 de julio de 2020 (NACIÓN 14).- La Jefatura de Gobierno informó que los titulares de los establecimientos que conforme al color del Semáforo Epidemiológico se encuentren operando y cuya plantilla laboral sea de 100 o más personas, deberán realizar, pruebas semanales de detección del virus SARS-CoV2 a por lo menos 3 por ciento de su personal.

En el anuncio publicado en la Gaceta Oficial se dan a conocer modificaciones a los Lineamientos para la Ejecución del Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México, en relación con la obligación que tienen las personas físicas o morales titulares de los establecimientos y responsables de las actividades que se encuentren operando, de practicar pruebas a sus trabajadores.

Las pruebas deben practicarse a por lo menos el 3 por ciento de la totalidad de la plantilla que se encuentre laborando de manera física en cada centro de trabajo, ya sea de forma individual o grupal.

Asimismo, se entenderá por prueba grupal a aquella que sea practicada a un grupo de máximo 15 personas, preferentemente que compartan espacios o tengan mayor contacto entre ellos.

Esta prueba grupal consistirá en la toma de muestra a cada una, las cuales se combinarán y procesarán como una sola prueba de reacción en cadena de la polimerasa de diagnóstico del virus SARS-CoV-2.

Las personas titulares de los establecimientos de las actividades que se encuentren operando, por sí mismas o a través de las personas que designen como responsables del centro laboral, tendrán la obligación de reportar al Servicio Público de Localización Telefónica 55 56 58 11 11 (LOCATEL), la fecha en que se les practicó la prueba y su resultado. El personal del Servicio proporcionará un folio del reporte realizado.

Deberán asegurarse de que cada uno de los trabajadores del grupo al que se le practicó la prueba se realicen un autodiagnóstico COVID-19. Si la prueba grupal dio positivo de COVID-19, se ordenará resguardo domiciliario al grupo completo y deberá realizarse una prueba individual a cada integrante.

El Instituto de Verificación Administrativa (INVEA); la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil (SGIRPC); la Agencia de Protección Sanitaria; la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE); y la Procuraduría de la Defensa del Trabajo mantendrán verificaciones para que los establecimientos cumplan con las normas laborales y sanitarias correspondientes.

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