México, 20 de octubre de 2020 (NACIÓN 14).-El día de hoy el Congreso del Estado de México aprobó reformas al artículo 211 del Código Penal del estado que prohíben las llamadas “terapias de conversión sexual” que se imparten en esta entidad.
La reforma aprobada este día va encaminada a castigar a todo aquel que “someta, coaccione u obligue a otra persona a recibir o realizar procedimientos con la finalidad de cambiar su orientación sexual”, publicó en cuenta oficial de Twitter la legislatura del Edomex.
En esta reforma se aprobó también los castigos que se impondrán a las personas que incurran en estar actividad, los cuales van desde un año hasta tres de cárcel, así como de 25 a 100 días de trabajo comunitario y de 50 a 200 días de multa.
En la reforma aprobada este día se señala que quienes imparten estas terapias no son personas profesionales sino más bien grupos religiosos, con prejuicios sociales y que condenan la homosexualidad.
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Asimismo se hace mención de los métodos de tortura y violencia tanto física como psicológica a los que son sometidas las personas que llevan a estos centros.
La modificación al código penal mexiquense fue aprobada por la mayoría del congreso local y solo tuvo nueve votos en contra por parte de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN).
La iniciativa de reforma fue propuesta desde un inicio por la diputada local del partido Morena, Beatriz García, y la intención de esta propuesta va de la mano con la ampliación de los derechos de la comunidad LGBTTTIQ+.
La organización civil “Fuera del Closet”, quien también fue una de las principales impulsoras de esta reforma, celebró en su cuenta de Twitter la decisión tomada por los legisladores mexiquenses.