Ciudad de México, 13 de mayo de 2020 (NACIÓN 14).- Este miércoles, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) ordenó a la dirección de Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano suspender la operación de la empresa de manera inmediata, por considerar que viola el derecho de huelga de los trabajadores.
Luego de que tanto la empresa como el Sindicato Único de Trabajadores de Notimex (Sutnotimex), presentaran los argumentos para defender sus posturas sobre la huelga estallada el pasado 21 de febrero, la Junta de Conciliación y Arbitraje, resolvió que la empresa estallada ofende los derechos de la sociedad, que se estipulan en el Articulo 4to fracción II, inciso a y b de la Ley Federal del Trabajo.
“La misma (Notimex) confiesa haber continuado sus labores, violando así el estado de huelga que debe respetar. Además de ser un hecho público y notorio que la empresa misma ha ostentado, y que se refleja en las notas diarias que emite dicha agencia de noticias. En consecuencia el continuar sus labores, no obstante haberse declarado existente la huelga la empresa estallada ofende los derechos de la sociedad”.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo se ofenden los derechos de la sociedad en los casos siguientes:
a) Cuando declarada una huelga en los términos que establece esta Ley, se trate de substituir o se substituya a los huelguistas en el trabajo que desempeñan, sin haberse resuelto el conflicto motivo de la huelga, salvo lo que dispone el artículo 468.
b) Cuando declarada una huelga en iguales términos de licitud por la mayoría de los trabajadores de una empresa, la minoría pretenda reanudar sus labores o siga trabajando.
De acuerdo con el expediente número III-6276/2019 y III-698/2020, la agencia de noticias mantiene sus actividades, pese a que la huelga que estalló el pasado 21 de febrero fue declarada como existente por la misma junta el 4 de marzo del año en curso, acorde con la Ley Federal del Trabajo.
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En ese sentido, con fundamento en el artículo 449 de la Ley Federal del Trabajo se apercibe a Notimex Agencia de Noticias del Estado Mexicano que de no suspender sus trabajos y respetar el derecho de huelga, atendiendo a las consecuencias legales y afectación a los derechos de la sociedad que implicaría en cumplir con dicha suspensión, será acreedora a una multa de hasta por el importe de cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización, es decir 434 mil 400 pesos.
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Además, pese a que la directora ubicó sus mesas de redacción en otro domicilio para continuar con la transmisión de sus productos, la JFCA refiere que “la huelga es la suspensión temporal de las labores, con independencia del lugar en donde esta se realice, esto es, no se acota a un espacio físico o a un local en particular, ni se afecta de manera alguna por el hecho de que la estallada cambie de domicilio social”.
Asimismo, el personal de confianza no podrá laborar “porque la suspensión de labores abarca a toda la fuente de trabaja en su integridad, sin importar si se trata de personal de base o confianza”, refiere el documento.
Finalmente la JFCA solicita a la Junta de Gobierno de Notimex, máxima autoridad de dirección de la Agencia, verificar el acatamiento y notificar el cumplimiento de la orden.
Cabe señalar, que la empresa enfrenta más de 80 juicios laborales, luego de que desde la llegada de la nueva directora Sanjuana Martínez, más de 200 trabajadores fueron despedidos sin una liquidación conforme a la ley.
En reiteradas entrevistas que la directora otorgó a diferentes medios de comunicación, manifestó que los despidos se dieron bajo el argumento de la austeridad republicana del mandatario federal por lo que es difícil pensar que accedería a pagar una multa de casi medio millón de pesos.
De acuerdo con información gubernamental, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje esta sectorizada a la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, pero tiene un carácter autónomo.
Su función es impartir justicia, promoviendo la paz social y armonía en las relaciones laborales, mediante la conciliación y el arbitraje. Garantizando a trabajadores y patrones o empleadores de las ramas industriales y empresas de jurisdicción federal, respeto a la Ley, transparencia, certeza y seguridad jurídica en la resolución de los conflictos laborales.
A continuación, el laudo emitido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.