México, 1 de octubre de 2020 (NACIÓN 14).- Este 1 de octubre entra en vigor la primera fase del nuevo etiquetado frontal para alimentos y bebidas no alcohólicas, con el que se busca combatir los altos índices de obesidad y sobrepeso en el país. El objetivo es informar a los consumidores mexicanos el contenido de nutrimentos críticos e ingredientes que representan un riesgo para la salud en los productos preenvasados.
De acuerdo con etiquetadosclaros.org, esta medida permitirá conocer el contenido real de los productos procesados y ultraprocesados y limitar la selección de alimentos o bebidas saludables que pueden tener una mayor ingesta de calorías, azúcares, grasas y sodio que ponen en riesgo la salud.
La declaración nutrimental frontal consiste en la obligación
de señalar en productos nacionales o extranjeros que se comercialicen en México si estos contienen:
• Grasa saturada
• Otras grasas
• Azúcares totales
• Sodio
• Energía
Además, de dos leyendas precautorias, la primera para productos que contengan edulcorantes y la segunda para aquellos con cafeína, para evitar que niñas y niños los consuman.
Cabe señalar que en México, siete de cada diez adultos y uno de cada tres niños, niñas y adolescentes tienen sobrepeso u obesidad. Asimismo, la diabetes es la segunda causa de muerte en el país.
El Consejo Mexicano de la Industria de Productos de Consumo, A.C. (ConMéxico) que agrupa a las empresas líderes en los mercados de alimentos y bebidas no alcohólicas reconoció que hay un número importante de empresas que se están amparando. De acuerdo con la Secretaría de Economía, 50 empresas se han amparado hasta el momento.
A finales de agosto Coca Cola Femsa dio a conocer en un comunicado enviado a la Bolsa Mexicana de Valores que promovió un juicio de amparo en contra de la reforma a la NOM-051, cuya resolución se encuentra pendiente.
ConMéxico también tiene como asociados Danone, Jugos del Valle, Diageo, Ferrero de México, GEPP, Heineken, Hershey, Jumex, Jose Cuervo, La Costeña, Mondelez, Grupo La Moderna, Sigma y Unilever.
De acuerdo con la Revista del Consumidor, una de las estrategias de la industria de alimentos y bebidas para evitar las regulaciones, como la de alimentos y bebidas en las escuelas, ha sido la de producir empaques “mini”, también conocidos como “mini chatarra”. Sin embargo, con las modificaciones al etiquetado, los productos de tamaños pequeños se utilizarán octágonos negros, con el número que indique la cantidad de sellos.
El nuevo etiquetado ha sido reconocido y celebrado por instituciones y organismos nacionales e internacionales, como las agencias de Naciones Unidas (OPS/OMS, Unicef y FAO), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), del Sistema de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna), los institutos nacionales de salud, la UNAM, IPN, UAM, las Secretarías de Economía y Salud, y organismos internacionales, como World Obesity Federation, World Cancer Research Fund y NCD Alliance.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), entre otros, serán las encargadas de verificar el cumplimiento de esta norma. La Profeco señaló que las multas por el incumplimiento de etiquetado frontal llegarán a los 781 mil 920 pesos y la inmovilización de productos.
El pasado 27 de marzo del 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 (NOM-051) sobre el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados la cual entra en vigor este 1 de octubre.